La jueza federal Mariel Borruto declaró inconstitucional la prohibición de votar a los condenados y la incluyó en el padrón electoral.

La Justicia federal de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, habilitó a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las próximas elecciones legislativas de esa provincia el próximo 26 de octubre.

El fallo de la jueza Mariel Borruto desafía a la Corte Suprema de la Nación y considera que es inconstitucional la prohibición de votar a cualquier persona condenada con penas mayores a tres años.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Capital Federal condenó a la ex vicepresidente por la Causa Vialidad y le impidió ejercer el voto hasta que venza su condena el 16 de junio del 2031 por los artículos 12 y 19 del Código Penal, que inhabilitan a votar a cualquier persona condenada con penas mayores a tres años.

El fallo de Borruto desestimó la medida considerando que "solo corresponde a este Juzgado tomar razón de la condena de inhabilitación especial".

"Entiendo que privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos", añadió la jueza.

Citó en su fallo el "caso Zelaya" (2022) y sostuvo que se "violan derechos fundamentales, como el derecho al voto, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización".

De esta forma, indicó que se mantiene en Santa Cruz "la situación registral" de Cristina Fernández de Kirchner "como electora activa en este distrito al solo efecto de ejercer su sufragio". Aún así, ratifica la inhabilitación del "ejercicio de sus derechos electorales en su faz pasiva, a tenor de la condena impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de Capital Federal".

Este fallo todavía no fue apelado por el fiscal con competencia electoral Julio Zárate.